Fueron reglamentados y ya están disponibles para un universo de unos 600 contribuyentes locales.
Podrán obtener:
1) Exención 100% de la Contribución de Comercio por 4 períodos (para actividades consideradas en estado crítico).
2) Eliminación del 100% del mínimo de comercio, por 4 períodos (para actividades en estado crítico que superen cierto monto de facturación).
3) Exención del 50% del mínimo, es decir, pagaran una base mínima de $1.050 en vez $2.100 en este caso por 4 períodos (para actividades no esenciales o no comprendidas en estado crítico)
Sobre el tema dio precisiones el Director de Recursos Tributarios Contador Ricardo Bonini.